El Tribunal Superior de Justicia de Aragón obliga a impartir 90 minutos de Religión en Primaria

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foto-1-articulo-4-1El incremento considerable de distintos proyectos que los centros aragoneses están desarrollando ha servido, entre otras razones, para justificar la modificación del currículo aragonés, que dejaba a la autonomía de los centros la distribución horaria de las materias y su duración, respetando siempre los mínimos establecidos en el Real Decreto que los regula. Las sesiones podían tener un mínimo de 45 minutos y a partir de ahí, incrementarse hasta los máximos permitidos en función de las necesidades de cada centro.

Este planteamiento afecta a todas las asignaturas, incluida la de Religión. Aquellos centros que querían, podían seguir ofertando 90 minutos y los que consideraban que solo necesitaban 45 minutos, así lo podían fijar. Sin embargo, la denuncia de los obispos aragoneses y del profesorado de Religión ha supuesto que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón haya dictado medida cautelar obligando a todos los centros de Primaria a que impartan 90 minutos.

“Desde FAPAR lamentamos esta decisión que consideramos como un retroceso claro en la modernización de nuestro sistema educativo y no entendemos la doble manera de actuar de la Iglesia Católica y su doble rasero, ya que en unos lugares recurre la posible reducción y en otros, como Ceuta y Melilla, da por buena la reducción aprobada por el Ministerio de Educación, seguramente porque en estas ciudades la Religión mayoritaria no es la Católica”, según comentó Flor Miguel, Presidenta de FAPAR.

La representante de FAPAR ha reiterado su deseo de que cualquier doctrina religiosa se mantenga al margen del currículo científico, respetando las creencias particulares de cada individuo y entendiendo que estas forman parte del ámbito estrictamente privado.